Testamentos y
herencia El testamento más frecuente: "Del uno
para el otro, y después para los hijos"
El caso más típico es el de un
matrimonio con hijos que va a hacer testamento. La idea que suelen
tener es que el viudo o viuda quede con los mayores derechos
posibles, y en particular que pueda seguir disfrutando de la casa o
de los bienes mientras viva, y que después pase a sus hijos por
partes iguales.
La forma de hacerlo es legando cada
uno y respectivamente el usufructo "universal", es decir, de todo lo
que tenía el fallecido, al cónyuge que sobreviva, y nombrando
herederos por partes iguales a los hijos. Con estas sencillas
disposiciones se consigue que el marido o la mujer que queden viudos
puedan usar y percibir las rentas y frutos del patrimonio de los
dos, mientras viva, de modo que por ejemplo tiene derecho a vivir en
la casa sin que los hijos puedan negarse a ello. Si existen
arrendamientos, percibirá las rentas y, en general, se beneficiará
de todo lo que produzcan los bienes que antes eran de los dos, pero
en ningún caso podrá vender nada que sea del fallecido, sin que
todos los hijos presten su consentimiento. Cuando el viudo fallezca,
los hijos recibirán sin ninguna limitación la herencia de los dos
padres.
Conviene aclarar que el viudo o viuda
siempre podrá disponer libremente de su mitad de gananciales
-después de haberse repartido los gananciales entre éste y sus
hijos-, porque esa mitad no la recibe por herencia del fallecido,
sino que era ya suya con anterioridad. Los efectos del testamento se
circunscriben a la mitad de gananciales del fallecido, más sus
bienes privativos, es decir, aquéllos que haya heredado a su vez,
haya recibido por donación, o los que tuviera antes de contraer
matrimonio.
Este testamento da la seguridad de
que mientras viva cualquiera de los dos cónyuges, tendrá derecho a
vivir en la casa, y utilizar el patrimonio, pero que ese patrimonio,
cuando los dos falten, pasará a los hijos por partes iguales,
incluso aunque el viudo contraiga nuevo matrimonio, porque no es
propietario, sino usufructuario. Se suele denominar en el lenguaje
común "del uno para el otro y a falta de los dos para los hijos", y
verdaderamente es una expresión que se ajusta perfectamente a su
contenido. Es tan sencillo que no es extraño que sea el modelo más
utilizado por los que acuden a la Notaría a otorgar testamento. Cada
uno de los cónyuges ha de otorgar este testamento por separado, son
documentos individuales.
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