d) Posiblidad de compra venta
En ocasiones, sobre todo en el habla común, también se
menciona la compraventa como una posibilidad más para repartir
el patrimonio entre los hijos. No obstante, el negocio de
compraventa no encaja en los intereses y necesidades que
estamos tratando, por la razón fundamental de que es un
negocio oneroso, a diferencia de la donación, que es
gratuíto.
En definitiva, la donación, como antes se indicó,
supone una liberalidad, un regalo, del donante. La compraventa
es una transacción, se entrega algo, un inmueble por ejemplo,
a cambio de dinero. No hay ánimo de liberalidad por parte del
transmitente, sino de hacer negocio. Por todo ello, si los
padres regalan de presente un bien a su hijo, el negocio que
deben de otorgar es el de la donación.
Ahora bien, en ocasiones entre padres e hijos existe
efectivamente una compraventa, porque los padres reciben un
precio por la transmisión, en cuyo supuesto naturalmente se
podrá documentar de esta manera. Es un caso que se puede
producir cuando, por ejemplo, los padres son propietarios de
un inmueble, del que desean desprenderse, y un hijo estaría
interesado en adquirirlo. Los padres no quieren donárselo para
evitar suspicacias con el resto de sus hijos, por lo que se lo
venden, y el hijo paga efectivamente el precio, en ocasiones
al contado, y en otras a plazos, haciéndose constar todo ello
adecuadamente en la escritura pública. |