Comprar una vivienda
Impuestos y Gastos Generales

COMPRA DE VIVIENDA NUEVA: Impuesto actos jurídicos documentados, Iva, Notario, Registro, Plusvalía y Gestor.

COMPRA DE VIVIENDA SEGUNDA MANO: Impuesto transmisiones patrimoniales, Notario, Registro, Plusvalía y Gestor.

IMPUESTO DE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS: Este impuesto se aplica a la compraventa de un inmueble nuevo suele ser el 0,5% del valor del inmueble.

IVA: Se aplica a inmuebles nuevos es el 7% del precio de venta. En vivienda de protección oficial es el 4%. En el caso de plazas de garaje vendidas individualmente y locales comerciales es el 16%.

ITP: El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales : Se paga cuando el inmueble es de segunda mano depende de la Comunidades Autónomas en Galicia es el 7%, la liquidación de este impuesto se hace a través de un notario o gestor.

GASTOS DE TRASLADO: Se puede hacer con profesionales que cobraran dependiendo del volumen de la carga, la distancia entre un inmueble y otro, si tienen ascensores o no etc.La opción más barata es hacerlo uno mismo dependiendo del tiempo de que se disponga y circunstancias personales.

SUMINISTROS: Hay que darse de alta en la electricidad, si es inmueble nuevo, si es de segunda mano es solo un cambio de titularidad.

TELÉFONO: Se puede optar por una línea nueva, o si se tiene una línea con su nombre trasladarlo al nuevo domicilio, aunque este al lado o en otra comunidad, esto ultimo resulta mas económico.

AGUA: Si el suministro de agua del inmueble tiene un contador general contratado con una empresa suministradora, se pagara con la comunidad. Si tiene contador individual contratado con la empresa suministradora se puede hacer cambio de titularidad o nueva instalación de contador.

GAS: Si el inmueble tiene gas natural se puede hacer cambio de titularidad. Si el anterior titular se ha dado de baja hay que hacer un nuevo contrato y un nuevo certificado de instalación.

REFORMAS: Si son menores como pintura , barnizado, cambio de cerradura no hay que contar con permisos del ayuntamiento, si por el contrario son de cierta envergadura hay que pedir permiso al ayuntamiento y retirada de escombros.

IMPUESTOS MUNICIPALES: Una vez al año se paga el IBI ( Impuesto de Bienes e Inmuebles “ la contribución “ ) y la recogida de basura al Ayuntamiento.

GASTOS FIJOS: Hay que pagar la comunidad, el importe depende de los servicios del inmueble y del numero de vecinos.