Para empezar, es
obligatorio a la hora de solicitar una hipoteca tener el seguro básico de
daños del hogar (popularmente llamado seguro de
incendios).
Si solicitas una
hipoteca, además la entidad financiera te podrá hacer un seguro de vida
que cubra, en caso de invalidez o fallecimiento, el importe del préstamo
hipotecario. Conviene además tener un seguro de multirriesgo de hogar
mucho más amplio que el de incendios que cubra los daños sufridos por el
inmueble (continente) y por las cosas que contenga tu propiedad
(contenido).Los bancos suelen
tener su propia compañía aseguradora, pero el cliente puede realizar el
seguro con la empresa que quiera, siempre que esté autorizada para cubrir
la póliza en cuestión.En el caso del
seguro multirriesgo hogar, las pólizas están estudiadas para cubrir daños
por prácticamente todas las causas posibles (como agua, robo o accidente),
tanto a la casa como a los objetos que contiene.El asegurado debe
valorar el contenido del inmueble calculando cuánto costaría reponer, en
el caso de que se dañen, todos los objetos que tiene. Es recomendable
contar con un apartado especial para los bienes de mucho valor, como
joyas, cuadros o abrigos de piel.La
póliza puede ser indemnizatoria (que costea el daño) o reparatoria (que
repara el daño).Normalmente el
asegurado elige la reparatoria y las compañías envían a profesionales
fontaneros, electricistas o el que sea necesario para que la parte del
inmueble o el objeto dañado vuelva a funcionar, o sea sustituido por otro
de igual valor.El coste de la
póliza depende de las garantías que ofrezca, del valor de lo asegurado y
de cada compañía aseguradora. El de los seguros es un mercado libre y cada
empresa puede ofrecer su producto como quiera.La prima – lo que se
paga por el seguro- suele ser anual aunque se puede pactar un pago
aplazado. El seguro multirriesgo hogar que contrata la media de los
propietarios viene a costar unas 108,18 € al año.
Desde el 6 de mayo
de 2.000 es obligatorio que los promotores de viviendas nuevas tengan un
seguro llamado “seguro decenal de daños en la edificación”, que no se
puede anular aunque tenga siniestros. Esto quiere decir que, al contrario
de lo que ocurre con los coches, por más siniestros que tenga esa
edificación durante los diez años que dura el contrato, la póliza sigue
cubriendo todos los daños
asegurados. |